El hecho de que la víctima consienta la agresión no la justifica, subraya la sentencia. «En los delitos de violencia contra la mujer, como en todos los delitos de lesiones graves, el consentimiento de la persona agredida es irrelevante y procede el castigo en todos los casos»
En uno de los casos se redujo de doce a siete años la condena a un agresor sexual de O Porriño, mientras que en otro se benefició a un taxista que violó a una mujer en Vigo