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La Comisión Nacional del Mercado y la Competencia censura que Oviedo prohíba instalar fibra óptica en espacios públicos

la voz

OVIEDO

Un operario, instalando fibra óptica.
Un operario, instalando fibra óptica. PACO RODRÍGUEZ

El organismo recuerda que las restricciones de varios ayuntamientos no están basadas en ninguna razón imperiosa de interés general y por lo tanto vulneran la ley

16 jul 2024 . Actualizado a las 13:32 h.

Varios ayuntamientos, entre ellos Oviedo, han prohibido instalar fibra óptica en espacios públicos pese a que no pueden hacerlo sin justificar la decisión y ofrecer al operador interesado otras alternativas viables para poder desplegarla.

Así lo ha apuntado la Comisión Nacional del Mercado y de la Competencia (CNMC), que ha citado los casos de Oviedo, Cartagena (Murcia), Écija (Sevilla), Ibi (Alicante) y Vélez-Málaga, que han denegado varias solicitudes de licencia para desplegar fibra óptica en espacios públicos.

Estas observaciones están incluidas en el resumen que la CNMC ha publicado sobre sus actuaciones relacionadas con la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM) durante el mes de junio.

Así, explica que los Ayuntamientos de Oviedo y Cartagena han denegado a Lyntia Networks su solicitud de licencia para instalar fibra óptica en los municipios y apunta que estas restricciones no están basadas en ninguna razón imperiosa de interés general y, por tanto, vulneran la ley.

Tras recibir la reclamación, el Ayuntamiento de Cartagena ha emitido un informe favorable a Lyntia Networks, así que la CNMC entiende que ya le ha otorgado la licencia, según apostilla en un comunicado difundido este martes.

Además, los Ayuntamientos de Cartagena, Écija e Ibi han denegado, mediante silencio administrativo negativo, una solicitud para desplegar fibra óptica en los municipios; al tiempo que el de Vélez-Málaga ha denegado a un operador la licencia para instalar fibra óptica en el municipio.

«Prohibir el despliegue de fibra por fachadas vulnera el artículo 5 de la LGUM y la normativa sectorial, salvo en casos justificados de edificios considerados bienes de interés cultural o que afectan a la seguridad pública», ha advertido la CNMC, que explica que el despliegue aéreo, por tanto, está permitido si -por razones técnicas o económicas- no existen otras alternativas, informa Efe.