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La Fiscalía pide el archivo de la causa abierta por el suicidio de una mujer en un hotel de Oviedo

La Voz REDACCIÓN

OVIEDO

Juzgados de Oviedo, Audiencia Provincial, Juzgados de lo Penal, Registro Civil, Fiscalía del Principado
Juzgados de Oviedo, Audiencia Provincial, Juzgados de lo Penal, Registro Civil, Fiscalía del Principado

Descarta responsabilidad de terceras personas al deberse el fallecimiento a una intoxicación medicamentosa con un barbitúrico que ella misma adquirió a través de Internet

23 sep 2022 . Actualizado a las 14:53 h.

La Fiscalía de Asturias ha solicitado al juzgado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa penal abierta por la muerte de una mujer en un hotel de Oviedo al tratarse de un suicidio. El Ministerio Fiscal ha trasladado su petición al Juzgado de Instrucción número 4 de Oviedo al considerar que no intervinieron terceras personas en la muerte de una mujer cuyo cadáver fue hallado en un hotel en agosto de 2021.

La mujer, según el informe de la autopsia, falleció por una intoxicación medicamentosa con un barbitúrico que ella misma adquirió a través de Internet. Según se desprende de la investigación, la mujer grabó con una cámara un mensaje en el que dejaba constancia de su deseo de acabar con su vida de forma libre y voluntaria y de que tomaba la sustancia sin ayuda de nadie.

Además, según la Fiscalía, del análisis de su teléfono se desprende que ya había tomado la decisión de suicidarse tiempo atrás, al menos en el mes de noviembre de 2020, cuando realizó las primeras gestiones conocidas para conseguir el medicamento. La fallecida, además, había manifestado su intención de acabar con su vida a sus familiares.

El Ministerio Fiscal considera que no hay indicios de la comisión por parte de ninguna persona de un delito de inducción al suicidio ni de un delito de cooperación al suicidio, ni siquiera por parte de la pareja que acompañó a la mujer al hotel donde ocurrieron los hechos.

La Fiscalía descarta imputar a la pareja de la fallecida que no actuó en contra de sus intenciones, ya que entiende que el tenor literal del artículo 143.2 del Código Penal que regula el delito de cooperación al suicidio excluye la posibilidad de una comisión del delito por omisión, informa Efe