La reforma del Código Penal operada por la Ley Orgánica 10/2022, la conocida como ley del «solo sí es sí», es innegable que supuso una mejora técnica en la tipificación penal de las conductas que integraban los delitos contra la libertad sexual. Entre las novedades de la reforma, se definió de manera expresa lo que se debe entender como prestación del consentimiento por parte de la víctima, algo que era necesario llevar al texto legal, ya que hasta entonces solo venía reflejado por la jurisprudencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
Esta parte de la ley no se toca con la reforma aprobada este jueves, con lo que el consentimiento sigue siendo legalmente indispensable para que una relación sexual no sea configurada como agresión. El problema, de índole técnica, se creó cuando se integraron como agresión sexual conductas que anteriormente eran solo constitutivas de abuso sexual, y para que el juzgado pudiera modular la pena a imponer en obligada atención a la gravedad de los hechos enjuiciados, se rebajó el suelo penal: la pena mínima a imponer por el concreto delito cometido.
La necesidad de la reforma aprobada en el Congreso es algo incuestionable. El efecto indeseado que constata la estadística de rebajas de condena está ahí y su origen está en una defectuosa técnica empleada y probablemente en algunos excesos ideológicos a la hora de abordar un problema fundamentalmente técnico. Esos excesos explicarían la batalla que desde entonces se generó por el relato, algo incomprensible teniendo en cuenta que la reforma que ayer se aprobó no suprime la necesidad del consentimiento en toda relación sexual.
A partir de su entrada en vigor, tras su publicación en el BOE, tendremos un nuevo marco normativo para aplicar a los delitos que se cometan tras su vigencia y para su uso a efectos de revisión de condena siempre que la modificación suponga mejora para el reo. El que un mayor número de diputados hayan votado a favor de ella es otra buena noticia, puesto que las leyes hay que redactarlas para que perduren en el tiempo y, cuanto más numerosa sea la mayoría parlamentaria que la soporte, mayor probabilidad habrá de que ello suceda; solo así las leyes consiguen prestar un servicio real a los ciudadanos.
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