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Le quitaron la pensión alimenticia por no querer trabajar

ACTUALIDAD

María Pedreda

«Doña Sonsoles, con 29 años cumplidos, mantiene un evidente y manifiesto desinterés por buscar un trabajo de forma activa y también por trabajar», recoge una sentencia de la Audiencia Provincial de Salamanca

14 may 2023 . Actualizado a las 10:12 h.

Los miembros de la sala de la Audiencia Provincial de Salamanca lo tuvieron claro desde el principio: «Doña Sonsoles —dice la sentencia—, con 29 años cumplidos, mantiene un evidente y manifiesto desinterés por buscar un trabajo de forma activa y también por trabajar». «Y si bien no tiene independencia económica, esto solo es debido a su falta de diligencia e interés en la consecución de un empleo pues no se ha acreditado ni causa física ni psíquica para que, con 29 años, no pueda conseguir un trabajo». Estos hechos, argumentan los jueces, unidos a su vida en pareja en Zamora desde hace diez años (algo que la mujer negaba) y a que percibe un subsidio por parte de los servicios sociales por importe de 401,92 euros, «vienen a corroborar la situación de pasividad en la que se ha colocado voluntariamente en orden a procurarse una forma de vida». Y todo este alegato judicial concluye con una última frase lapidaria: «A esta situación se viene a añadir la manifiesta desafección de la hija respecto a su padre imputable solo a ella [lo llegó a insultar y denunciar], que de por sí ya es causa suficiente para extinguir la pensión alimenticia».

Esta historia comienza con la separación de los padres de Sonsoles (nombre de pila que figura en la sentencia) en el año 2005. En ese momento queda establecido que el padre, escayolista de profesión, con un salario anual actual de 7.874,46 euros, le tiene que pasar una pensión alimenticia de 125 euros al mes. Esa cantidad era indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica (de acuerdo con el artículo 142 del Código Civil).

El fallo judicial recuerda que de manera generalizada los juzgados entienden que el progenitor no custodio puede destinar a la pensión alimenticia entre un 30 y un 35 % de sus ingresos con un mínimo de 150 euros. Y que además el artículo 155 del Código Civil recoge la obligación de los hijos de contribuir a las cargas familiares en la medida de sus posibilidades, «o bien mediante una debida dedicación a sus estudios o si no quieren estudiar, mediante una real y adecuada búsqueda de trabajo o formación profesional para independizarse». En este contexto, el Supremo estimó en el 2001 que la cuantía de la prestación debe ser proporcional al caudal de quien los da y también de quien los recibe.

El caso es que Sonsoles, que cursó una FP de técnico en farmacia y parafarmacia, y vive en Zamora —a donde se trasladó desde Béjar cuando tenía 19 años— no ha acreditado tener trabajo alguno, ni que está activa en la búsqueda de empleo ni que sigue formándose. Es más, en el juicio alegó que en alguna ocasión se olvidó de sellar la documentación como demandante de empleo y que perdió las prestaciones, y demostró que trabajó una sola vez en su vida: se dio de alta en la Seguridad Social el día 10 de mayo del 2016 y cursó su baja al día siguiente.

En el juicio, ella alegó que no vive en pareja, sino que comparte piso con un chico al que le paga 50 euros al mes por una habitación. «El precio —dice— es bajo porque somos amigos y me está haciendo un favor personal dada la situación laboral y económica». Los jueces no se lo creen, al igual que tampoco tienen en consideración la enfermedad que Sonsoles dice padecer a partir de la separación de los padres: trastorno adaptativo mixto, que le provoca ansiedad, sentimientos de culpa, miedo a estar sola o a la muerte y pensamientos obsesivos. La sentencia asegura que, por la documentación facilitada, o ya ha superado la enfermedad o está estabilizada. En el juicio quedó constancia de que no existe relación alguna entre la hija y el padre, a quien en varias ocasiones insultó e incluso llegó a denunciar —en un momento en el que fue a vivir con él— por malos tratos; denuncia que fue archivada. En definitiva, Sonsoles se quedó sin pensión. Y no porque fuera mayor de edad, sino porque pasó de todo.